Hola a tod@s.
El otro día alguien me hizo una pregunta similar a la del título, y aunque para mi tiene una respuesta bastante clara y afirmativa, parece ser que a habido algún caso (espero que pocos) en los que se le han puesto "trabas" a quién ha formulado una pregunta similar.
Pues bien, no seré yo quién conteste esta duda, lo hace el Tribunal Supremo de nuevo, esto es lo que he encontrado sobre el tema en cuestión.
El parto natural de parientes da derecho a permiso por hospitalización.
El Tribunal Supremo establece, en sentencia de 23 de abril de 2009, a propósito de la concesión de permiso retribuido por hospitalización de parientes por parto natural, normal y sin problemas, que basta la hospitalización para que se genere el derecho a la licencia cuestionada sin que sea precisa la enfermedad más o menos grave de la mujer parturienta, ya que aunque el parto no merece tal calificativo, a efectos hospitalarios el ingreso de la madre es como el de cualquier enfermo patológico, teniendo por fin la prestación a la misma y al hijo que va a nacer de los servicios hospitalarios precisos. Lo contrario implicaría discriminar por razón de su sexo a la mujer que es hospitalizada para parir, puesto que en ocasiones no basta con la ayuda de un pariente, sino que a veces deben turnarse varios familiares para atender a la mujer durante todo el día y para cuidar de los otros hijos que pueda tener (sentencia publicada en Normacef Social, NSJ028761, y en la Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, núms. 317-318, agosto-septiembre 2009).
Espero que toméis buena nota de esta noticia, y cuando tengáis que hacer uso de tal licencia retribuida, no os pongan pegas, y si os las ponen, no dudéis en avisar a cualquier miembro del comité de empresa o al mi mismo.
Salud y rebeldía.
El otro día alguien me hizo una pregunta similar a la del título, y aunque para mi tiene una respuesta bastante clara y afirmativa, parece ser que a habido algún caso (espero que pocos) en los que se le han puesto "trabas" a quién ha formulado una pregunta similar.
Pues bien, no seré yo quién conteste esta duda, lo hace el Tribunal Supremo de nuevo, esto es lo que he encontrado sobre el tema en cuestión.
El parto natural de parientes da derecho a permiso por hospitalización.
El Tribunal Supremo establece, en sentencia de 23 de abril de 2009, a propósito de la concesión de permiso retribuido por hospitalización de parientes por parto natural, normal y sin problemas, que basta la hospitalización para que se genere el derecho a la licencia cuestionada sin que sea precisa la enfermedad más o menos grave de la mujer parturienta, ya que aunque el parto no merece tal calificativo, a efectos hospitalarios el ingreso de la madre es como el de cualquier enfermo patológico, teniendo por fin la prestación a la misma y al hijo que va a nacer de los servicios hospitalarios precisos. Lo contrario implicaría discriminar por razón de su sexo a la mujer que es hospitalizada para parir, puesto que en ocasiones no basta con la ayuda de un pariente, sino que a veces deben turnarse varios familiares para atender a la mujer durante todo el día y para cuidar de los otros hijos que pueda tener (sentencia publicada en Normacef Social, NSJ028761, y en la Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, núms. 317-318, agosto-septiembre 2009).
Espero que toméis buena nota de esta noticia, y cuando tengáis que hacer uso de tal licencia retribuida, no os pongan pegas, y si os las ponen, no dudéis en avisar a cualquier miembro del comité de empresa o al mi mismo.
Salud y rebeldía.
